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Otra vez El Mercurio...

Publicado: 2015-11-16

Sumilla: El Mercurio de Chile continúa su campaña de desinformación difundiendo informaciones contrarias a la verdad que sólo entorpecen cualquier esfuerzo de acercamiento entre los pueblos del Perú y Chile.

El Mercurio de Chile, en su editorial del 10 de noviembre de 2015, ha vuelto a ofrecer a sus lectores un capítulo más de la campaña de desinformación que parece haber emprendido, en detrimento de su buen nombre como órgano de prensa serio y honesto, al difundir nuevamente falsedades e imprecisiones sobre la frontera entre el Perú y Chile. 

Muchas de éstas no son, ciertamente, nuevas y ya han sido objeto de comentario en un artículo anterior, pero este editorial trae dos referencias que no conviene pasar por alto a fin de intentar poner un freno a la confusión en que lectores inadvertidos pueden caer. La primera tiene que ver con el “punto 266” y la segunda a una supuesta “oportunidad única” de tener relaciones normales que estaría siendo "desaprovechada" por culpa del Perú.

El “punto 266” 

El Mercurio inicia este capítulo de su campaña de desinformación mencionando “la ley peruana que creó el distrito Yarada-Los Palos en Tacna, con la pretensión de incluir territorio chileno, derivada de la mención arbitraria del punto 266, como inicio de la frontera con Chile.” 

No perdamos tiempo en poner en relieve que el texto de la Ley 30358, que crea el distrito La Yarada-Los Palos, simplemente no contiene ninguna mención o referencia al punto 266. Y bastaría con esta simple constatación para dejar en evidencia una clara voluntad de desinformar de parte de los editorialistas de El Mercurio

Pero hay un hecho adicional. Y es que el “punto 266” dejó de existir con la publicación de la Ley 30233, a mediados de junio de 2014, mediante la cual el Perú adaptó la Ley de Líneas de Base de su Dominio Marítimo a lo dispuesto por la Corte Internacional de Justicia en su sentencia del 27 de enero de 2014. Es decir, lo que El Mercurio llama “punto 266” simplemente no existe desde hace más de año y medio. 

Recordemos que el número “266” no era sino un número correlativo que se le asignó, mediante la citada Ley de Líneas de Base, al último de los 266 puntos de la costa peruana que contribuían a la proyección de las 200 millas marinas del Perú. Obviamente, ese último punto contribuyente sólo podía ser el punto Concordia, donde se inicia la frontera terrestre entre el Perú y Chile de conformidad con el artículo segundo del Tratado de 1929, y por ello el punto más austral de la costa peruana. 

Al perder su proyección marítima por efecto de la sentencia de la Corte, que fijó el punto de inicio de la frontera marítima entre el Perú y Chile en la intersección del paralelo que pasa por el Hito 1 con la línea de baja marea, el punto Concordia dejó de figurar en la lista de puntos contribuyentes del dominio marítimo peruano. 

El último punto contribuyente de la proyección marítima del Perú, actualmente, lleva el número 265-A y está ubicado en la Playa Santa Rosa, a cierta distancia al noroeste del punto Concordia

¿Significa esto que el punto Concordia desapareció como tal? De ninguna manera. El punto Concordia no ha dejado de existir puesto que no tiene su origen en la referida Ley de Líneas de Base, sino en el artículo segundo del Tratado de 1929, que lo define expresa y textualmente como punto inicial de la frontera entre el Perú y Chile.

Y como todos sabemos, lo dispuesto por un acuerdo internacional sólo puede ser modificado por otro acuerdo internacional - lo que no ha ocurrido nunca en el caso del Tratado de 1929 - y en ningún caso por una ley interna. 

¿Los distinguidos editorialistas de El Mercurio no tenían esta información? Difícil creerlo....

Una “oportunidad única” desaprovechada 

 Agrega El Mercurio que, “luego del fallo delimitatorio de la Corte de La Haya, Perú resolvió desaprovechar una oportunidad única para restablecer la confianza y fortalecer los vínculos oficiales entre ambos países.” En buena cuenta, para El Mercurio, el Perú sería el responsable de la actual situación de tensión. Veamos. 

Recordemos que el mismo día de la lectura de la sentencia, aquel 27 de enero de 2014, el entonces presidente chileno utilizó su presentación ante los medios de su país sobre dicha sentencia - de naturaleza estrictamente marítima - para reivindicar para Chile el llamado "triángulo terrestre," invocando una evidente tergiversación de la definición del punto de inicio de la frontera marítima establecida por la Corte.

¿Qué dijo el entonces Presidente de Chile? Dijo textualmente que “la decisión de la Corte establece que el límite marítimo comienza en el Hito Nº 1” y que, “en consecuencia, la confirmación por parte de la Corte de que la frontera marítima comienza en el paralelo del Hito Nº 1 ratifica el dominio chileno del triángulo terrestre respectivo.” 

El Presidente del Perú, en cambio, se limitó a destacar que la "Corte Internacional de Justicia no se ha pronunciado respecto a la frontera terrestre, pues la controversia sometida a su jurisdicción era sobre la delimitación marítima" y que su sentencia "no prejuzga, ni afecta la intangibilidad de la frontera terrestre establecida en el Tratado del 29 y a los trabajos de la Comisión Mixta de Límites de 1929 y 1930, que fijan su inicio en el Punto Concordia." 

Y ¿qué determinó realmente la Corte Internacional de Justicia como punto de inicio de la frontera marítima? “Que el punto de inicio de la frontera marítima que delimita los espacios marítimos respectivos entre la República del Perú y la República de Chile es la intersección del paralelo de latitud que pasa por el Hito 1 con la línea de baja marea.” (párrafos 176, 177, 196 y 198 de la sentencia)

Ahora bien, ¿está ubicado el Hito 1 sobre la línea de baja marea? Ciertamente que no, puesto que los dos gobiernos acordaron en 1930 colocarlo a cierta distancia tierra adentro, “donde quede a cubierto de ser destruido por las aguas del océano.” Ergo lo que el entonces Presidente de Chile dijo simple y llanamente no era verdad. 

Y es a partir de ese momento que se ha comenzado a repetir sistemáticamente al sur de la frontera que el Perú había "levantado" un nuevo tema limítrofe cuando fue exactamente lo contrario, como se puede fácilmente apreciar a la luz de la declaración referida del entonces presidente chileno, que levantó el tema y desde el más alto nivel. 

¿Quién, entonces, desaprovechó realmente la “oportunidad única para restablecer la confianza y fortalecer los vínculos oficiales entre ambos países,” que el fallo de la Corte brindaba? ¿Quién "levantó" el tema con posterioridad a la sentencia del 27 de enero de 2014 y al más alto nivel? Dejemos que los lectores saquen sus propias conclusiones. 

Comentario final 

Pero, felizmente, no todo es negativo en el editorial en comentario. Muy por el contrario, es realmente digno de encomio que El Mercurio haya tenido el valor de señalar textualmente, en el editorial que comentamos, “que la frontera marítima se inicia en la intersección del paralelo que atraviesa el Hito No 1 con la línea de las más baja marea” y no en el mismo Hito No 1, corrigiendo así la tergiversación incurrida por el entonces Presidente de Chile que hemos reseñado.

Faltaría tan sólo que El Mercurio le haga notar a sus lectores que la frontera terrestre entre el Perú y Chile tiene su inicio en el punto Concordia, tal como lo dispone textual y expresamente el artículo segundo del Tratado de 1929, y que, por consiguiente, el territorio al sur de dicha línea es chileno mientras que aquel al norte de ella es peruano. ¿Tendrá El Mercurio la lucidez y el valor de dar ese importante segundo paso?  


Ver otros artículos míos sobre el tema (haciendo clic en el título)

No es cuestión de coordenadas....

El Mercurio y su "visión" del "triángulo terrestre"

A propósito de la promulgación de la ley que crea el distrito La Yarada-Los Palos

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27 de enero: ¿Día de la Solución Pacífica de Controversias?

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Conceptos básicos para entender la sentencia de la Corte Internacional de Justicia del 27 de enero de 2014

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¿Qué es el "triángulo terrestre"?

La Carta del Límite Exterior - Sector Sur - del Dominio Marítimo del Perú


Escrito por

Hubert Wieland Conroy

Magister en Derecho Constitucional. Diploma de Estudios Superiores en Relaciones Internacionales de la Universidad de Ginebra.


Publicado en

La pluma inquieta

Reflexiones constructivas sobre temas diversos.